Con carácter general, el límite se establece en 22.000 € brutos anuales, cuando procedan de un único pagador.
Este límite también se aplicará si se han percibido de varios pagadores en los siguientes supuestos:

A ) Que la suma de las cantidades percibidas del segundo y restantes pagadores, por orden de cuantía, no superen en su conjunto la cantidad de 1.500 € brutos anuales.

B) Que sus únicos rendimientos del trabajo consistan en pensiones de la Seguridad Social y demás prestaciones pasivas y que la determinación del tipo de retención aplicable se hubiera realizado de acuerdo con el procedimiento especial reglamentariamente establecido. En concreto, este procedimiento debió solicitarlo el contribuyente durante los meses de enero y febrero del año de declaración mediante la presentación del modelo 146.

2º El límite se establece en 12.000 € brutos anuales cuando:

A) Procedan de más de un pagador, siempre que la suma de las cantidades percibidas del segundo y restantes pagadores, por orden de cuantía, superen la cantidad de 1.500 € brutos anuales.

B) Se hayan percibido pensiones compensatorias del cónyuge o anualidades por alimentos, salvo que estas últimas procedan de los padres por decisión judicial (estas últimas están exentas).

C) Cuando se perciban rendimientos íntegros del trabajo sujetos a tipo fijo de retención.

D) El pagador de los rendimientos no esté obligado a retener (por ejemplo, pensiones procedentes del extranjero).

Al ser residentes en España, en esta etapa de sus vidas los retornados tributan por sus rentas procedentes del extranjero. Por lo tanto, debe incluir dichas pensiones en sus declaraciones .
Por convenios de colaboración con otros países, la AEAT tiene conocimiento de todos los contribuyentes que perciben rentas y pensiones del extranjero. Como norma general y para evitar la doble imposición, estas rentas llegan a España desde el país de origen sin descontar los impuestos. El contribuyente deberá pagar sus impuestos allá donde fije su residencia fiscal.
Si tras leer el contenido de esta nota aún no tienes claro si has de hacer la declaración de la renta, contacta con nosotros e intentaremos aclarar tus dudas.

915227038 – 915239809

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